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Legislación › Real Decreto 410/2002, de 3 de mayo, por el que se desarrolla el apartado 3 del artículo 17 de la Ley 25/1994, de 12 de julio, modificada por la Ley 22/1999, de 7 de junio, y se establecen criterios uniformes de clasificación y señalización para los programas de televisión.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente Real Decreto entrará en vigor transcurrido un mes desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

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