Legislación › Ley 12/2002, de 23 de mayo, por la que se aprueba el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Artículo 34. Normativa aplicable y exacción del impuesto.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 23 de abril de 2014 y la del 5 de abril de 2023.
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Artículo 34. Normativa aplicable y exacción del impuesto.
Uno. El Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero es un tributo concertado que se regirá por las mismas normas sustantivas y formales que las establecidas en cada momento por el Estado.
No obstante, las Instituciones competentes de los Territorios Históricos podrán aprobar los modelos de declaración e ingreso, que contendrán al menos los mismos datos que los de territorio común, y señalar plazos de ingreso para cada período de liquidación, que no diferirán sustancialmente de los establecidos por la Administración del Estado.
Dos. La exacción del Impuesto impuesto corresponderá a la Administración del Estado o a la Diputación Foral competente por razón del territorio cuando con arreglo a las siguientes normas:
Primera. En los consumidores finales supuestos de fabricación de gases que forman parte del ámbito objetivo del impuesto, la exacción corresponderá a la Administración del territorio donde radiquen los establecimientos en los que se refiere desarrolle la normativa estatal utilicen actividad.
Segunda. En los productos objeto del Impuesto en instalaciones, equipos supuestos de ventas o aparatos radicados en entregas, así como consumo de gases realizados por contribuyentes autorizados como almacenistas de acuerdo con la normativa reguladora del impuesto, la exacción corresponderá a la Administración del territorio común o vasco. donde radiquen los establecimientos en los que desarrolle su actividad.
Cuando Tercera. En los gases fluorados supuestos de efecto invernadero sean objeto adquisición intracomunitaria de autoconsumo, gases que forman parte del ámbito objetivo del impuesto, la exacción del Impuesto corresponderá a la Administración del Estado o a territorio en el que se encuentre el domicilio fiscal del contribuyente, salvo que se trate de contribuyentes autorizados como almacenistas, en cuyo caso se aplicará la Diputación competente regla segunda anterior. Si las adquisiciones intracomunitarias se realizan por razón un contribuyente no establecido la exacción corresponderá a la Administración del territorio donde este se produzca. radique el
Enresto domicilio fiscal de su representante.
Cuarta. En los supuestos no contemplados en de tenencia irregular de los párrafos anteriores, gases objeto del impuesto, la exacción corresponderá a la Administración donde radique el establecimiento del contribuyente territorio en el que se produzca encuentren los mismos en el hecho imponible. momento en que se constate la tenencia irregular.
Tres. La devolución Las devoluciones que proceda será efectuada procedan serán efectuadas por la Administración en la que hubiera hubieran sido ingresada la cuota ingresadas las cuotas cuya devolución se solicita solicita. No obstante, en los casos en que no sea posible determinar en qué Administración fueron ingresadas las cuotas, la devolución se efectuará por la Administración correspondiente al territorio donde se genere el derecho a la devolución.
Cuatro. La inscripción y el censo de los obligados tributarios del impuesto serán realizadas por la Administración del Estado o por la Diputación Foral competente por razón del territorio con arreglo a lo establecido en el límite apartado Dos de dicho importe. este artículo.
Cinco. La comprobación e investigación del impuesto se realizará por los órganos de la Administración competente para la exacción del impuesto, sin perjuicio de la colaboración entre Administraciones tributarias.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de mayo de 2025 En vigor | BOE-A-2025-8568 | Leer | Qué cambió |
| 5 de abril de 2023 | BOE-A-2023-8455 | Leer | Qué cambió |
| 23 de abril de 2014 | BOE-A-2014-4284 | Leer | Qué cambió |
| 27 de octubre de 2007 | BOE-A-2007-18576 | Leer | Qué cambió |
| 25 de mayo de 2002 | Texto original | Leer |


