Legislación › Ley 11/2003, de 21 de mayo, reguladora de los equipos conjuntos de investigación penal en el ámbito de la Unión Europea.
Disposición adicional tercera. Información a las comunidades autónomas.
Disposición adicional tercera. Información a las comunidades autónomas.
A las comunidades autónomas con competencias para la protección de personas y bienes y para el mantenimiento del orden público, se les podrá facilitar, en el ámbito de las juntas de seguridad, información derivada de la actuación de equipos conjuntos de investigación cuando pueda resultar de interés para el ejercicio de sus competencias.
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