Legislación › Ley 12/2003, de 21 de mayo, de prevención y bloqueo de la financiación del terrorismo.
Artículo 6. Supervisión y régimen sancionador.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 23 de mayo de 2003 y la del 30 de abril de 2010.
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Artículo 6. Régimen Supervisión y régimen sancionador.
1. La función de supervisión e inspección del Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias a que se refiere el artículo 47 de la Ley de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo se extiende al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente Ley.
Cuando de los informes de inspección a que se refiere el artículo 47.3 de la Ley de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo resulte el incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en el artículo 4 de esta Ley, el Comité Permanente de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias lo pondrá en conocimiento de la Comisión de Vigilancia de Actividades de Financiación del Terrorismo.
2. El incumplimiento de los deberes previstos en esta ley Ley será considerado infracción muy grave a los efectos previstos en el capítulo II Capítulo VIII de la Ley 19/1993, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, y será sancionado conforme a lo que en él se dispone.
2. Las referencias que en dicho capítulo Capítulo se contienen a la Secretaría y al Comité Permanente de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias se entenderán hechas deben entenderse realizadas a la Secretaría de la Comisión de Vigilancia de Actividades y a la Comisión de Financiación del Terrorismo. Vigilancia, respectivamente.
3. La competencia para proponer la imposición de sanciones por la comisión de las infracciones previstas en esta ley Ley corresponde a la Comisión de Vigilancia, al Ministro del Interior, y la competencia para sancionar, al Ministro del Interior. Consejo de Ministros.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de abril de 2010 En vigor | BOE-A-2010-6737 | Leer | Qué cambió |
| 23 de mayo de 2003 | Texto original | Leer |


