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Legislación › Ley 1/2003, de 10 de abril, de creación del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica.

Artículo 10. Evaluación de actividades.

Artículo 10. Evaluación de actividades.

1. El Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica articulará los mecanismos e instrumentos necesarios y preceptivos para la evaluación de sus actividades y funcionamiento y, especialmente, el impacto socioeconómico de sus actuaciones.

2. Estos mecanismos e instrumentos específicos de evaluación se concretarán en los Estatutos del Organismo.

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