Legislación › Ley 1/2003, de 10 de abril, de creación del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica.
Artículo 10. Evaluación de actividades.
Artículo 10. Evaluación de actividades.
1. El Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica articulará los mecanismos e instrumentos necesarios y preceptivos para la evaluación de sus actividades y funcionamiento y, especialmente, el impacto socioeconómico de sus actuaciones.
2. Estos mecanismos e instrumentos específicos de evaluación se concretarán en los Estatutos del Organismo.


