LexTotal

Legislación › Ley 11/2003, de 10 de abril, sobre el Estatuto de las Personas con Discapacidad.

Artículo 75. Sujetos responsables.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 16 de mayo de 2018 y la del 30 de diciembre de 2025. Tachado: lo que se quitó (183 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 75. Sujetos responsables.
1. Son sujetos responsables, a los efectos de lo dispuesto en la presente ley:
a) Las personas físicas o jurídicas, titulares o gestores de los centros de atención a personas con discapacidad en los supuestos del artículo 72, del artículo 73 apartados a), b), c), d), e), f), g), h) i), j), k), l) y del artículo 74 apartados c), d), e), f) y g).
b) Los beneficiarios de las subvenciones otorgadas por la Generalitat en los supuestos del artículo 72 apartado e), artículo 73 apartado m) y artículo 74 apartados a), d), e), f), g).
c) Los que, en virtud del criterio de preferencia establecido en el artículo 9 de la presente ley, resulten adjudicatarios del contrato administrativo, en el supuesto del artículo 74 apartado b).
d) las personas físicas y jurídicas que incurran en las conductas tipificadas en los artículos 73.1.b y 74.e.
2. Cuando el cumplimiento de las obligaciones previstas en la presente ley afecte conjuntamente a varias personas, éstas responderán de forma solidaria de las infracciones que, en su caso, se tipifican y de las sanciones que se impongan.
(Suprimido)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
3 de julio de 2026 En vigor BOE-A-2026-15683 Leer Qué cambió
30 de diciembre de 2025 BOE-A-2025-90320 Leer Qué cambió
16 de mayo de 2018 BOE-A-2018-6403 Leer Qué cambió
12 de abril de 2003 Texto original Leer

← Artículo 74 Índice Artículo 76 →