Legislación › Ley 13/2003, de 10 de abril, de creación del Colegio Oficial de Psicólogos de la Comunidad Valenciana, por segregación del Colegio Oficial de Psicólogos de ámbito nacional.
Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera.
La Junta Rectora de la Delegación Territorial del Colegio Oficial de Psicólogos en la Comunidad Valenciana, constituida en Comisión Gestora, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la presente ley aprobará unos estatutos provisionales del Col·legi Oficial de Psicòlegs de la Comunitat Valenciana en los que se regule la convocatoria y el funcionamiento de la Asamblea Colegial Constituyente, de la que formarán parte todos los colegiados adscritos a la Delegación Territorial del Colegio Oficial de Psicólogos en la Comunidad Valenciana y aquellos otros que se incorporen en dicho plazo. La convocatoria se publicará en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana».


