Legislación › Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas.
Disposición adicional primera. Planificación.
Disposición adicional primera. Planificación.
Las Administraciones públicas podrán aprobar planes sectoriales de obras u otros tipos de planes establecidos legalmente que incluyan las obras a realizar, que serán preceptivos cuando así lo exija la legislación general o la específica reguladora de cada clase de obras. En este supuesto, los planes podrán incluir las obras susceptibles de ser objeto del contrato de concesión.


