Legislación › Ley 7/2003, de 25 de abril, de Protección de la Salud.
Disposición final tercera.
Disposición final tercera.
El Gobierno, en el plazo de seis meses, debe aprobar el Estatuto de la Agencia de Protección de la Salud, que debe regular su organización y régimen de funcionamiento, de acuerdo con los principios de desconcentración de funciones y participación de las administraciones públicas competentes en la materia.
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