LexTotal

Legislación › Ley 3/2003, de 11 de marzo, para el desarrollo del pacto Local.

Artículo 12. Revocación de la delegación.

Artículo 12. Revocación de la delegación.

Cuando, según la Ley de Administración Local de Madrid, proceda la revocación de la delegación de competencias para una o varias Entidades Locales se realizará por Decreto del Gobierno previo informe de la Comisión Mixta de Coordinación de Competencias, audiencia de la Entidad o Entidades Locales interesadas y autorización mediante Ley de la Asamblea de Madrid.

← Artículo 11 Índice Artículo 13 →