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Legislación › Ley 3/2003, de 11 de marzo, para el desarrollo del pacto Local.

Artículo 5. Ley de transferencias.

Artículo 5. Ley de transferencias.

La transferencia de competencias de la Comunidad de Madrid a los municipios o mancomunidades de municipios, se efectuará mediante Ley de la Asamblea de Madrid que determinará las facultades concretas que se transfieren en cada materia y los términos en que se transfieren, así como los criterios para proceder a la evaluación de los medios financieros, reales y, en su caso, personales que se traspasan.

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