Legislación › Ley 4/2003, de 11 de marzo, de Cajas de Ahorros de la Comunidad de Madrid.
Artículo 86. Sanciones a la entidad por la comisión de infracciones graves.
Artículo 86. Sanciones a la entidad por la comisión de infracciones graves.
Por la comisión de infracciones graves se impondrá a la Caja de Ahorros una o más de las siguientes sanciones:
a) Multa por importe de hasta el medio por ciento de sus recursos propios, o hasta 150.000 euros si aquel porcentaje fuera inferior a esta cifra.
b) Amonestación pública con publicación en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid».


