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Legislación › Ley 7/2003, de 13 de marzo, del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha.

Artículo 7. Incompatibilidades.

Artículo 7. Incompatibilidades.

1. La condición de miembro del Consejo Social es incompatible con el desempeño, por sí o por persona interpuesta, de cargos directivos en empresas o sociedades que contraten con la Universidad, así como con una participación superior al 10 % en el capital de las mismas. A estos efectos no se tendrán en cuenta los contratos celebrados al amparo de lo dispuesto en el artículo 83 de la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades, ni aquellos cuyo objeto sea la realización de actividades similares de investigación, docencia, prácticas de formación profesional o colaboración con la Universidad.

2. De acuerdo con lo previsto en el art. 14.3 de la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades, la condición de miembro del Consejo Social en representación de los intereses sociales es incompatible con la de miembro en activo de la Comunidad Universitaria.

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