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Legislación › Ley 9/2003, de 20 de marzo, de Vías Pecuarias de Castilla-La Mancha.

Artículo 9. Investigación.

Artículo 9. Investigación.

Corresponde a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha la investigación, bien de oficio o a petición de parte, de todos los itinerarios y rutas utilizados tradicionalmente por la cabaña ganadera en sus desplazamientos de trashumancia o trasterminancia, así como de los descansaderos y abrevaderos utilizados en los citados desplazamientos.

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