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Legislación › Ley 9/2003, de 20 de marzo, de Vías Pecuarias de Castilla-La Mancha.

Disposición adicional tercera.

Disposición adicional tercera.

La Consejería competente revisará y actualizará la clasificación de los términos municipales que tengan vías pecuarias clasificadas, y refundirá o segregará las correspondientes a los términos municipales que hayan sufrido alguna modificación.

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