Legislación › Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo.
Artículo 6. Estructura básica.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de abril de 2003 y la del 1 de enero de 2018.
Tachado: lo que se quitó (3 palabras). Subrayado: lo que se añadió (12 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 6. Estructura básica.
1. El Servicio Canario de Empleo se estructura en los siguientes órganos superiores:
El presidente.
El Consejo General de Empleo.
El director.
2. También son órganos del Servicio Canario de Empleo los Consejos Insulares de Formación y Empleo y Empleo, la Comisión Asesora en materia de Integración de Colectivos de muy difícil Inserción Laboral. Laboral y el Observatorio Canario del Empleo y la Formación Profesional.
3. Asimismo, el Gobierno podrá crear, a propuesta del Servicio Canario de Empleo, con la denominación de subdirector o asimilada, órganos unipersonales con categoría y rango jerárquico superiores a jefe de servicio y subordinados al director para el desempeño de determinadas competencias ejecutivas.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2018 En vigor | BOE-A-2018-1684 | Leer | Qué cambió |
| 29 de abril de 2003 | Texto original | Leer |


