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Legislación › Ley 13/2003, de 4 de abril, de Educación y Formación Permanente de Personas Adultas de Canarias.

Artículo 9. De la igualdad.

Artículo 9. De la igualdad.

1. Las administraciones públicas canarias promoverán la igualdad de oportunidades en el acceso a las actividades educativas y formativas, especialmente las encaminadas a superar las condiciones de lejanía e insularidad y garantizar la promoción, la integración e inserción laboral y social de las personas con necesidades educativas especiales de los colectivos en situación de desigualdad, discriminación, exclusión o marginación social y laboral.

2. Se priorizarán programas que faciliten la integración de inmigrantes, en especial en lo referente al aprendizaje de la lengua castellana y el conocimiento de los elementos básicos de nuestra cultura.

3. Se considerarán igualmente prioritarios los programas que promuevan la participación sociocultural, la educación intercultural y la superación de todo tipo de discriminaciones.

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