Legislación › Ley 2/2003, de 12 de mayo, de Ordenación de los Transportes Urbanos y Metropolitanos de Viajeros en Andalucía.
Artículo 17. Supuestos especiales de demanda.
Artículo 17. Supuestos especiales de demanda.
En aquellos supuestos específicos en que se genere una demanda de transportes que afecte a varios municipios y las necesidades de transporte no se hallen suficientemente atendidas con los titulares de las autorizaciones y licencias de automóviles de turismo residenciados en el municipio en que tales puntos estén situados, o se den otras circunstancias de carácter económico o social que así lo aconsejen, la Consejería competente en materia de transportes o, en su caso, el Consorcio de Transporte Metropolitano, previa audiencia de los municipios afectados y de las asociaciones representativas del sector, podrán establecer un régimen específico que permita a vehículos residenciados en otros municipios realizar el transporte con origen en dichos puntos.


