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Legislación › Real Decreto 1378/2002, de 20 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos generales del Colegio Oficial de Pilotos de la Aviación Comercial.

Artículo 27. Régimen presupuestario.

Artículo 27. Régimen presupuestario.

1. El régimen económico del Colegio Oficial de Pilotos de la Aviación Comercial es presupuestario. El presupuesto será único y comprenderá la totalidad de ingresos, gastos e inversiones del Colegio referido al año natural.

2. En cada presupuesto se cifrarán con la suficiente especificación los gastos previstos en función del programa de actividades a desarrollar por los distintos órganos colegiales, así como los ingresos que se prevea devengar durante el correspondiente ejercicio.

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