Legislación › Real Decreto 1378/2002, de 20 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos generales del Colegio Oficial de Pilotos de la Aviación Comercial.
Artículo 3. Relación con las Administraciones.
Artículo 3. Relación con las Administraciones.
El Colegio Oficial de Pilotos de la Aviación Comercial se relacionará con la Administración General del Estado a través del Ministerio de Fomento, y con las Administraciones de las Comunidades Autónomas a través de la Consejería respectiva competente por razón de la materia de la profesión.


