LexTotal

Legislación › Real Decreto 1378/2002, de 20 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos generales del Colegio Oficial de Pilotos de la Aviación Comercial.

Artículo 5. Incorporación al Colegio.

Artículo 5. Incorporación al Colegio.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.2 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, y para la adecuada satisfacción de los fines esenciales del Colegio señalados, el ingreso en el Colegio es requisito indispensable para el ejercicio en territorio español de la profesión de piloto de la aviación comercial.

← Artículo 4 Índice Artículo 6 →