Legislación › Ley 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial.
Artículo 45. Contenido del derecho sobre el diseño registrado.
Artículo 45. Contenido del derecho sobre el diseño registrado.
El registro del diseño conferirá a su titular el derecho exclusivo a utilizarlo y a prohibir su utilización por terceros sin su consentimiento. A estos efectos se entenderá por utilización la fabricación, la oferta, la comercialización, la importación y exportación o el uso de un producto que incorpore el diseño, así como el almacenamiento de dicho producto para alguno de los fines mencionados.


