Legislación › Ley 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial.
Disposición transitoria séptima. Tasa por prestación de servicios y actividades.
Disposición transitoria séptima. Tasa por prestación de servicios y actividades.
La tasa por prestación de servicios y actividades de la Oficina Española de Patentes y Marcas, regulada en los artículos 26 al 32, ambos inclusive, de la Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del régimen legal de las Tasas Estatales y Locales de reordenación de las prestaciones patrimoniales de carácter público, seguirá siendo exigible hasta tanto operen las previsiones normativas contempladas en la disposición adicional duodécima de esta ley.
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