Legislación › Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea.
Artículo 81. Descuentos y exenciones.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de marzo de 2014 y la del 5 de julio de 2014.
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Artículo 81. Descuentos y exenciones.
1. La mercancía en conexión, cargada y descargada en el recinto aeroportuario entre vuelos de la misma compañía, queda exenta de pago. (Suprimido)
2. En los aeropuertos no peninsulares queda exenta de pago la mercancía cargada o descargada cuyo objeto sea el tráfico interinsular.
En estos aeropuertos, para el resto de los tráficos, las cuantías aplicables a la carga directa como en conexión se reducirán en un quince por ciento.
3. Las cuantías aplicables a la mercancía cargada o descargada en el recinto aeroportuario cuyo objeto sea el tráfico internacional se reducirán en un cincuenta por ciento.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 17 de octubre de 2014 En vigor | BOE-A-2014-10517 | Leer | Qué cambió |
| 5 de julio de 2014 | BOE-A-2014-7064 | Leer | Qué cambió |
| 1 de marzo de 2014 | BOE-A-2013-13616 | Leer | Qué cambió |
| 6 de marzo de 2011 | BOE-A-2011-4116 | Leer |


