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Legislación › Ley 19/2003, de 14 de abril, por la que se aprueban las Directrices de Ordenación General y las Directrices de Ordenación del Turismo de Canarias.

Directriz 87. Objetivos. (NAD)

Directriz 87. Objetivos. (NAD)

1. Las intervenciones en materia de puertos se orientarán a facilitar y consolidar las siguientes funciones:

a) La fluida conexión entre las islas, permitiendo el movimiento de las personas y de las mercancías producidas y consumidas en el archipiélago.

b) El abastecimiento de las islas.

c) El aprovechamiento de las oportunidades de conexión con el continente africano y la inserción de las islas en las redes mundiales del comercio exterior.

d) La satisfacción de la oferta y la demanda turísticas.

2. Las actuaciones en puertos deberán perseguir como objetivos prioritarios, desde el respeto al medio ambiente:

a) Mejorar las comunicaciones entre las islas del archipiélago y de éstas con el exterior.

b) Propiciar las conexiones intermodales.

c) Fomentar las actividades comerciales.

d) Impulsar la actividad turística y deportiva.

e) Dar soporte a la política pesquera.

 f) Mejorar la integración con los entornos urbanos en que se insertan.

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