LexTotal

Legislación › Ley Orgánica 8/2003, de 9 de julio, para la Reforma Concursal, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

La presente Ley Orgánica entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», con excepción de lo dispuesto en su artículo primero y en su disposición transitoria, que entrará en vigor el día 1 de septiembre de 2004.

← Disposición final segunda Índice