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Legislación › Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.

Artículo 159. Pago anticipado.

Artículo 159. Pago anticipado.

Si el pago de un crédito se realizare antes del vencimiento que tuviere a la fecha de apertura de la liquidación, se hará con el descuento correspondiente, calculado al tipo de interés legal.

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