Legislación › Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.
Artículo 159. Pago anticipado.
Artículo 159. Pago anticipado.
Si el pago de un crédito se realizare antes del vencimiento que tuviere a la fecha de apertura de la liquidación, se hará con el descuento correspondiente, calculado al tipo de interés legal.


