Legislación › Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.
Artículo 209. Juicios declarativos pendientes.
Artículo 209. Juicios declarativos pendientes.
Los efectos del concurso sobre los juicios declarativos pendientes que se refieran a un bien o a un derecho de la masa se regirán exclusivamente por la ley del Estado en el que estén en curso.


