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Legislación › Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.

Artículo 209. Juicios declarativos pendientes.

Artículo 209. Juicios declarativos pendientes.

Los efectos del concurso sobre los juicios declarativos pendientes que se refieran a un bien o a un derecho de la masa se regirán exclusivamente por la ley del Estado en el que estén en curso.

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