Legislación › Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.
Artículo 22. Concurso voluntario y concurso necesario.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de abril de 2009 y la del 1 de enero de 2012.
Tachado: lo que se quitó (9 palabras). Subrayado: lo que se añadió (11 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 22. Concurso voluntario y concurso necesario.
1. El concurso de acreedores tendrá la consideración de voluntario cuando la primera de las solicitudes presentadas hubiera sido la del propio deudor. En los demás casos, el concurso se considerará necesario.
A los efectos de este artículo, la solicitud del deudor realizada en el plazo del conforme al artículo 5.3 5 bis se entenderá presentada cuando lo fue el día en que se formuló la comunicación prevista en ese dicho artículo.
2. Por excepción a lo dispuesto en el apartado anterior, el concurso de acreedores tendrá la consideración de necesario cuando, en los tres meses anteriores a la fecha de la solicitud del deudor, se hubiera presentado y admitido a trámite otra por cualquier legitimado, aunque éste hubiera desistido, no hubiera comparecido o no se hubiese ratificado.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2012 En vigor | BOE-A-2011-15938 | Leer | Qué cambió |
| 1 de abril de 2009 | BOE-A-2009-5311 | Leer | Qué cambió |
| 1 de septiembre de 2004 | Texto original | Leer |


