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Legislación › Ley 24/2003, de 10 de julio, de la Viña y del Vino.

Artículo 2. Definiciones.

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Artículo 2. Definiciones.
1. Las definiciones de los productos a que se refiere esta ley son las establecidas en la normativa de la Unión Europea, así como las que se establezcan reglamentariamente por el Gobierno a propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación o, en su caso, por la legislación de las comunidades autónomas.
2. En particular, a los efectos de esta ley, se establecen las siguientes definiciones:
a) "Nueva plantación": es la plantación efectuada en virtud de los derechos de nueva plantación contemplados en el artículo 3 del Reglamento (CE) 1493/1999, del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola, y aquella plantación que se refiera a nuevas superficies de uva de mesa o nuevas superficies de viñas madres de portainjertos.
b) "Replantación": es aquella plantación realizada en virtud de los derechos de replantación contemplados en el artículo 4 del Reglamento (CE) 1493/1999.
c) "Reposición de marras": es la reposición de cepas improductivas a causa de fallos de arraigo, o por accidentes físicos, biológicos o meteorológicos.
d) "Operadores": son las personas físicas o jurídicas, o la agrupación de estas personas, que intervienen profesionalmente en alguna de las siguientes actividades del sector vitivinícola ; la producción de la uva como materia prima, la elaboración del vino, su almacenamiento, su crianza, su embotellado y su comercialización.
e) "Vino": es el alimento natural obtenido exclusivamente por fermentación alcohólica, total o parcial, de uva fresca, estrujada o no, o de mosto de uva.
f) "Vinos tranquilos de calidad producidos en regiones determinadas" (en adelante, v.t.c.p.r.d.): son aquellos vinos de calidad producidos en regiones determinadas a los que se refiere el párrafo d) del apartado 2 del artículo 54 del Reglamento (CE) 1493/1999.
3. Las definiciones de los productos son excluyentes, no pudiendo utilizarse las respectivas denominaciones más que en los productos que se ajusten estrictamente a la definición.

Redacciones de este artículo

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2 de enero de 2023 En vigor BOE-A-2022-22127 Leer Qué cambió
2 de junio de 2015 BOE-A-2015-5288 Leer Qué cambió
12 de julio de 2003 Texto original Leer

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