Legislación › Ley 24/2003, de 10 de julio, de la Viña y del Vino.
Artículo 36. Competencia.
Artículo 36. Competencia.
Corresponde la titularidad de la potestad sancionadora por las infracciones tipificadas en esta ley:
a) A la Administración General del Estado, en el caso de infracciones relativas a los niveles de protección cuyo ámbito territorial se extienda a más de una comunidad autónoma.
b) Al órgano competente de la Administración de la comunidad autónoma correspondiente, en los demás casos.


