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Legislación › Ley 24/2003, de 10 de julio, de la Viña y del Vino.

Artículo 36. Competencia.

Artículo 36. Competencia.

Corresponde la titularidad de la potestad sancionadora por las infracciones tipificadas en esta ley:

a) A la Administración General del Estado, en el caso de infracciones relativas a los niveles de protección cuyo ámbito territorial se extienda a más de una comunidad autónoma.

b) Al órgano competente de la Administración de la comunidad autónoma correspondiente, en los demás casos.

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