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Legislación › Ley 24/2003, de 10 de julio, de la Viña y del Vino.

Disposición adicional quinta. Denominación Cava.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 12 de julio de 2003 y la del 2 de junio de 2015. Tachado: lo que se quitó (26 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional quinta. Denominación Cava.
La denominación Cava podrá acceder al nivel de denominación de origen calificada una vez acredite cumplir los requisitos establecidos en el artículo 23 de esta ley. (Derogada)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
2 de junio de 2015 En vigor BOE-A-2015-5288 Leer Qué cambió
12 de julio de 2003 Texto original Leer

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