Legislación › Ley 24/2003, de 10 de julio, de la Viña y del Vino.
Disposición adicional quinta. Denominación Cava.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 12 de julio de 2003 y la del 2 de junio de 2015.
Tachado: lo que se quitó (26 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Disposición adicional quinta. Denominación Cava.
La denominación Cava podrá acceder al nivel de denominación de origen calificada una vez acredite cumplir los requisitos establecidos en el artículo 23 de esta ley. (Derogada)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 2 de junio de 2015 En vigor | BOE-A-2015-5288 | Leer | Qué cambió |
| 12 de julio de 2003 | Texto original | Leer |
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