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Ley 25/2003, de 15 de julio, por la que se aprueba la modificación del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra.
En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 16 de julio de 2003 · Último cambio el 16 de julio de 2003 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- Artículo único.
- Disposición adicional única.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final única.
- ANEJO
- CONVENIO
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Potestades de Navarra.
- Artículo 2. Potestad tributaria.
- Artículo 3. Competencias exclusivas del Estado.
- Artículo 4. Facultades y prerrogativas de la Hacienda Pública de Navarra.
- Artículo 5. Coordinación.
- Artículo 6. Modificación.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 7. Criterios generales de armonización.
- Artículo 8. Domicilio fiscal y residencia habitual.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 9. Exacción por la Comunidad Foral de Navarra.
- Artículo 10. Retenciones e ingresos a cuenta por rendimientos del trabajo.
- Artículo 11. Retenciones e ingresos a cuenta por rendimientos de actividades empresariales y profesionales.
- Artículo 12. Retenciones e ingresos a cuenta por rendimientos del capital mobiliario.
- Artículo 13. Otros pagos a cuenta.
- Artículo 14. Retenciones e ingresos a cuenta por determinados incrementos de patrimonio.
- Artículo 15. Pagos fraccionados.
- Artículo 16. Eficacia de los pagos a cuenta.
- Sección 2
- Artículo 17. Exacción por la Comunidad Foral de Navarra.
- Sección 3
- Artículo 18. Normativa aplicable.
- Artículo 19. Exacción del impuesto.
- Artículo 20. Operaciones en uno u otro territorio.
- Artículo 21. Lugar de realización de las operaciones.
- Artículo 22. Gestión del impuesto en los supuestos de tributación a ambas Administraciones.
- Artículo 23. Inspección.
- Artículo 24. Pago a cuenta del impuesto en los supuestos de tributación a ambas Administraciones.
- Artículo 25. Retenciones en la fuente e ingresos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades.
- Artículo 26. Entidades en régimen de imputación y atribución de rentas.
- Artículo 27. Régimen tributario de las agrupaciones, uniones temporales y grupos fiscales.
- Sección 4
- Artículo 28. Normativa aplicable y exacción del Impuesto.
- Artículo 29. Rentas obtenidas en territorio navarro por residentes en el extranjero.
- Artículo 30. Pagos a cuenta.
- Sección 5
- Artículo 31. Exacción del impuesto.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 32. Normativa aplicable.
- Artículo 33. Exacción del impuesto.
- Artículo 34. Gestión e inspección del impuesto.
- Sección 2
- Artículo 35. Exacción de los Impuestos Especiales.
- Sección 3
- Artículo 36. Normativa aplicable y exacción del Impuesto.
- Sección 4
- Artículo 37. Impuesto sobre las Primas de Seguros.
- Sección 5
- Artículo 38. Exacción por la Comunidad Foral de Navarra.
- Artículo 39. Elusión fiscal mediante sociedades.
- Sección 6
- Artículo 40. Exacción de los tributos y normativa aplicable.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 41. Exacción por la Comunidad Foral de Navarra.
- CAPÍTULO V
- Artículo 42. Delito fiscal.
- Artículo 43. Discrepancias y cambio de domicilio fiscal.
- Artículo 44. Colaboración de las entidades financieras en la gestión de los tributos.
- Artículo 45. Actuaciones de la Inspección de tributos.
- Artículo 46. Obligaciones de información.
- Artículo 47. Fusiones y escisiones de empresas.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 48. Principio general.
- Artículo 49. Tributos locales.
- Artículo 50. Participación de las Entidades Locales de Navarra en los tributos del Estado.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 51. Junta Arbitral.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 52. Concepto de la aportación.
- Artículo 53. Determinación de la aportación.
- Artículo 54. Cargas del Estado no asumidas por la Comunidad Foral.
- Artículo 55. Aportación íntegra.
- Artículo 56. Compensaciones.
- Artículo 57. Índice de imputación.
- Artículo 58. Aportación líquida.
- CAPÍTULO II
- Artículo 59. Periodicidad y actualización de la aportación.
- Artículo 60. Índice de actualización.
- Artículo 61. Efectos por variación en las competencias asumidas por la Comunidad Foral.
- Artículo 62. Liquidación definitiva.
- Artículo 63. Ingreso de la aportación líquida provisional.
- CAPÍTULO III
- Artículo 64. Ajuste por impuestos directos.
- Artículo 65. Ajustes por impuestos indirectos.
- Artículo 66. Cuantificación y liquidación de los ajustes.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO ÚNICO
- Artículo 67. Comisión Coordinadora.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición adicional quinta.
- Disposición adicional sexta.
- Disposición adicional séptima.
- Disposición adicional octava.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición transitoria tercera.
- Disposición transitoria cuarta.
- Disposición transitoria quinta.
- Disposición transitoria sexta.
- Disposición transitoria séptima.
- Disposición transitoria octava.
- Firma
- ANEXO I


