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Legislación › Real Decreto 741/2003, de 23 de junio, sobre el Fondo para la concesión de microcréditos para proyectos de desarrollo social básico en el exterior.

Artículo 3. Instrumentos de actuación.

Artículo 3. Instrumentos de actuación.

1. El FCM contará para el cumplimiento de sus fines con instrumentos financieros y no financieros.

2. Los instrumentos financieros serán préstamos y créditos en cualquiera de sus modalidades.

3. Los instrumentos no financieros atenderán los gastos derivados de la evaluación, seguimiento e inspección de las operaciones del FCM, así como los de identificación y de asistencia técnica relativos a la facilitación de servicios a entidades relacionadas con la actividad microfinanciera, con el objeto de apoyar su capacitación, fortalecimiento institucional y capacidad de gestión, siempre que así se haya previsto en una norma con rango de ley.

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