Legislación › Resolución de 10 de julio de 2003, del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se aprueba el Reglamento de Régimen Interior de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
Disposición transitoria primera. Quejas y reclamaciones.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 19 de julio de 2003 y la del 1 de junio de 2007.
Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (3 palabras).
Volver al texto en vigor
Disposición transitoria primera. Quejas y reclamaciones.
Hasta tanto entre en funcionamiento el Comisionado para la Defensa del Inversor, al que se refieren los artículos 22 a 27, ambos inclusive, de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero, la Comisión Nacional del Mercado de Valores, a través de su Secretaría General, Dirección de Inversores, seguirá atendiendo las quejas y reclamaciones que presenten los inversores en relación con sus intereses y derechos legalmente reconocidos.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 21 de noviembre de 2008 En vigor | BOE-A-2008-18703 | Leer | Qué cambió |
| 1 de junio de 2007 | BOE-A-2007-10847 | Leer | Qué cambió |
| 19 de julio de 2003 | Texto original | Leer |
← Disposición adicional segunda Índice Disposición transitoria segunda →


