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Legislación › Ley 10/2003, de 13 de junio, de Mutualidades de Previsión Social.

Artículo 23. Prestaciones y ramos.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 26 de marzo de 2004 y la del 13 de diciembre de 2012. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor

Artículo 23. Prestaciones y ramos.
1. Las mutualidades pueden operar por prestaciones y también por ramos, de acuerdo con la normativa básica aplicable y según determinen los estatutos y se establezca en el programa de actividades correspondiente, el cual debe someterse a autorización administrativa. Cuando la actividad prevea prestaciones de asistencia sanitaria, deben cumplirse las disposiciones establecidas por la normativa sanitaria.
2. Las mutualidades pueden optar por consignar en reglamentos de prestaciones o en pólizas las normas reguladoras de las coberturas otorgadas, sujetándose a las normas generales de seguros. Estos reglamentos y pólizas y las bases técnicas correspondientes no necesitan autorización administrativa previa salvo que comporten una modificación del programa de actividades, pero deben estar a disposición del órgano administrativo competente en el domicilio social de la mutualidad, en la forma que se establezca por reglamento. Dicho órgano puede ordenar su modificación y puede suspender total o parcialmente su aplicación en el caso de que no se ajusten a la normativa vigente.
3. Los reglamentos de prestaciones y sus modificaciones tienen eficacia en los mutualistas que hayan suscrito la cobertura correspondiente. Las condiciones de dichos reglamentos y sus modificaciones quedan aceptadas desde el momento en que se aprueban.
4. Por razones de solvencia justificadas técnicamente de acuerdo con lo establecido por reglamento, pueden adoptarse modificaciones de prestaciones que impliquen una reducción de los derechos económicos de los socios, asegurados o beneficiarios, que deben ser aprobadas por la asamblea, en cuyo orden del día deben constar expresamente.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
13 de diciembre de 2012 En vigor BOE-A-2012-15096 Leer Qué cambió
26 de marzo de 2004 BOE-A-2004-5482 Leer Qué cambió
1 de noviembre de 2003 BOE-A-2003-20148 Leer Qué cambió
1 de julio de 2003 Texto original Leer

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