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Legislación › Ley 3/2003, de 19 de junio, de cooperación para el desarrollo.

Artículo 37. Órganos competentes.

Artículo 37. Órganos competentes.

Serán competentes para la imposición de sanciones:

a) Por faltas muy graves, a partir de 60.001 euros, el Consello de la Xunta de Galicia.

b) Por faltas muy graves, de entre 30.001 y 60.000 euros, y por faltas graves y leves, el conselleiro competente por razón de la materia.

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