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Legislación › Ley 14/2003, de 13 de junio, de calidad agroalimentaria.

Artículo 20. Control y certificación de la marca de calidad alimentaria.

Artículo 20. Control y certificación de la marca de calidad alimentaria.

1. Los adjudicatarios de la marca de calidad alimentaria, Q, deben encomendar el control y la certificación a una entidad que cumpla la norma UNE-EN-45011, o la norma que la sustituya, y que esté inscrita en el Registro de Entidades de Control y Certificación del departamento competente en materia agroalimentaria.

2. El procedimiento de control y certificación de las marcas de calidad debe establecerse por reglamento.

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