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Legislación › Orden APA/62/2003, de 20 de enero, por la que se regula el ejercicio de la actividad pesquera con arte de almadraba y la concesión de las licencias.

Artículo 10. Resolución.

Artículo 10. Resolución.

De acuerdo con la propuesta de resolución de la Comisión de Valoración, el Secretario general de Pesca Marítima emitirá resolución motivada en el plazo máximo de dos meses desde la elevación de dicha propuesta.

De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional sexta de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado, el vencimiento del plazo máximo para resolver y notificar sin que se haya producido contestación se entenderá como silencio negativo.

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