Legislación › Ley 29/2002, de 17 de diciembre, de Creación del Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón.
Disposición final tercera. Habilitación para el desarrollo reglamentario de la Ley.
Disposición final tercera. Habilitación para el desarrollo reglamentario de la Ley.
1. Se faculta al Gobierno de Aragón para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y aplicación de la presente Ley.
2. Se autoriza al Consejero del Departamento competente en materia de investigación agroalimentaria para revisar las cantidades definidas en la disposición adicional tercera.
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