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Legislación › Ley 29/2002, de 17 de diciembre, de Creación del Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón.

Disposición transitoria segunda. Plantilla de personal.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2003 y la del 1 de enero de 2004. Tachado: lo que se quitó (25 palabras). Subrayado: lo que se añadió (18 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición transitoria segunda. Plantilla de personal.
1. La plantilla de personal del Centro se aprobará por el Gobierno de Aragón a propuesta del Consejero del Departamento competente en materia de investigación agroalimentaria.
2. Hasta la aprobación de la plantilla de personal, se adscriben Se adscribe al Centro las unidades, organismos y el personal que en la actualidad preste sus servicios actualmente en los organismos, servicios y unidades integrados en la Dirección General de Tecnología Agraria del Departamento de Agricultura. los mismos.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
18 de julio de 2006 En vigor BOE-A-2006-90023 Leer Qué cambió
1 de enero de 2004 BOE-A-2004-2227 Leer Qué cambió
1 de enero de 2003 Texto original Leer

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