Legislación › Ley 29/2002, de 17 de diciembre, de Creación del Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón.
Disposición transitoria segunda. Plantilla de personal.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2003 y la del 1 de enero de 2004.
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Disposición transitoria segunda. Plantilla de personal.
1. La plantilla de personal del Centro se aprobará por el Gobierno de Aragón a propuesta del Consejero del Departamento competente en materia de investigación agroalimentaria.
2. Hasta la aprobación de la plantilla de personal, se adscriben Se adscribe al Centro las unidades, organismos y el personal que en la actualidad preste sus servicios actualmente en los organismos, servicios y unidades integrados en la Dirección General de Tecnología Agraria del Departamento de Agricultura. los mismos.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 18 de julio de 2006 En vigor | BOE-A-2006-90023 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2004 | BOE-A-2004-2227 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2003 | Texto original | Leer |
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