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Real Decreto 943/2003, de 18 de julio, por el que se regulan las condiciones para flexibilizar la duración de los diversos niveles y etapas del sistema educativo para los alumnos superdotados intelectualmente.
En vigor Ministerio de Educación, Cultura y Deporte · Publicada el 31 de julio de 2003 · Último cambio el 31 de julio de 2003 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Objeto.
- Artículo 3. Identificación y evaluación de las necesidades de los alumnos superdotados intelectualmente.
- Artículo 4. Medidas de atención educativa.
- Artículo 5. Requisitos.
- Artículo 6. Registro de las medidas de flexibilización de la duración de los diversos niveles y etapas del sistema educativo para los alumnos superdotados intelectualmente.
- CAPÍTULO II
- Artículo 7. Criterios generales para flexibilizar la duración de los diversos niveles, etapas y grados para los alumnos superdotados intelectualmente.
- Artículo 8. Procedimiento general para flexibilizar la duración de los diversos niveles, etapas y grados para los alumnos superdotados intelectualmente.
- CAPÍTULO III
- Artículo 9. Criterios generales para flexibilizar la duración de los diversos grados, ciclos y niveles para los alumnos superdotados intelectualmente, en las enseñanzas de régimen especial.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Desarrollo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Firma


