Legislación › Real Decreto 995/2003, de 25 de julio, por el que se establecen los requisitos y procedimientos armonizados para las operaciones de carga y descarga de los buques graneleros.
Artículo 11. Régimen sancionador.
Artículo 11. Régimen sancionador.
Las infracciones a lo dispuesto en este real decreto por los capitanes de los buques o los operadores de las terminales serán sancionadas de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 27/1992, de 24 de noviembre.


