Legislación › Real Decreto 1087/2003, de 29 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica del Ministerio de Sanidad y Consumo.
Disposición adicional quinta. Supresión de órganos.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de agosto de 2003 y la del 26 de junio de 2004.
Tachado: lo que se quitó (151 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Disposición adicional quinta. Supresión de órganos.
Quedan suprimidos los siguientes órganos: (Derogada)
1. Con nivel orgánico de Dirección General:
a) La Dirección General de Alta Inspección y Coordinación del Sistema Nacional de Salud.
b) La Dirección General de Planificación Sanitaria, Sistemas de Información y Prestaciones.
2. Con nivel orgánico de Subdirección General:
a) Subdirección General de Asistencia y Prestación Farmacéutica.
b) Subdirección General de Economía del Medicamento y Productos Sanitarios.
c) La Secretaría del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
d) La Subdirección General de Programas y Servicios Sanitarios.
e) La Subdirección General de Análisis Económicos y Estudios.
f) La Subdirección General de Sistemas de Información Sanitaria.
g) La Subdirección General de Planificación y Coordinación Docente del Instituto de Salud Carlos III.
h) La Subdirección General de Epidemiología y Centros Nacionales de Salud Pública del Instituto de Salud Carlos III.
i) La Subdirección General de Seguridad de Medicamentos de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 26 de junio de 2004 En vigor | BOE-A-2004-12017 | Leer | Qué cambió |
| 30 de agosto de 2003 | Texto original | Leer |
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