Legislación › Real Decreto 1087/2003, de 29 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica del Ministerio de Sanidad y Consumo.
Disposición transitoria segunda. Órganos de participación en el control y vigilancia.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de agosto de 2003 y la del 26 de junio de 2004.
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Disposición transitoria segunda. Órganos de participación en el control y vigilancia.
Hasta tanto se establezcan los órganos de participación en el control y vigilancia de la gestión del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, continuará vigente la composición y funciones del Consejo General y la Comisión Ejecutiva, establecidas en el Real Decreto 702/1998, de 24 de abril, sobre organización de los Servicios Territoriales del INSALUD. La Presidencia del Consejo General le corresponde al Secretario General de Sanidad del Ministerio de Sanidad y Consumo. La Presidencia de la Comisión Ejecutiva le corresponde al Director del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria. (Derogada)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 26 de junio de 2004 En vigor | BOE-A-2004-12017 | Leer | Qué cambió |
| 30 de agosto de 2003 | Texto original | Leer |
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