Legislación › Ley 22/2002, de 21 de noviembre, de Creación del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha.
Artículo 4. Órganos rectores y periféricos del lnstituto de la Mujer de Castilla-La Mancha.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de junio de 2008 y la del 31 de mayo de 2016.
Tachado: lo que se quitó (15 palabras). Subrayado: lo que se añadió (24 palabras).
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Artículo 4. Órganos rectores y periféricos del lnstituto de la Mujer de Castilla-La Mancha.
1. Son Los órganos rectores del lnstituto Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha: Mancha son:
a) El Consejo de Dirección.
b) La Dirección.
2. En El Instituto contará con servicios en cada provincia existe una Delegación Provincial provincia, cuya estructura, denominación y funciones se determinará por Decreto del lnstituto de la Mujer Consejo de Castilla-La Mancha. Gobierno.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de mayo de 2016 En vigor | BOE-A-2016-6725 | Leer | Qué cambió |
| 24 de junio de 2008 | BOE-A-2008-13687 | Leer | Qué cambió |
| 24 de diciembre de 2002 | Texto original | Leer |


