Legislación › Ley 22/2002, de 21 de noviembre, de Creación del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha.
Disposición final primera.
Disposición final primera.
1. Se autoriza al Consejo de Gobierno para dictar, en el plazo de seis meses, las disposiciones necesarias para el desarrollo de la presente Ley.
2. Asimismo, se faculta al Consejo de Gobierno para crear otros órganos de consulta y participación a propuesta del Instituto.
← Disposición derogatoria Índice Disposición final segunda →


