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Legislación › Orden HAC/2572/2003, de 10 de septiembre, por la que se aprueba el modelo 840 de Declaración del Impuesto sobre Actividades Económicas y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática.

Quinto.

Quinto.

Procedimiento para la presentación telemática del modelo 840 de declaración del Impuesto sobre Actividades Económicas.

El procedimiento para la presentación telemática de las declaraciones será el siguiente:

1.º El declarante se pondrá en comunicación con la Agencia Estatal de Administración Tributaria a través de internet o de cualquier otra vía equivalente que permita la conexión, en la dirección: https://agenciatributaria.es. y seleccionará el modelo de declaración a transmitir.

A continuación, procederá a transmitir la correspondiente declaración con la firma electrónica, generada al seleccionar el certificado al que se hace referencia en el apartado Cuarto.Uno.2.º de esta Orden y previamente instalado en el navegador a tal efecto.

Si el presentador es una persona o entidad autorizada para presentar declaraciones en representación de terceras personas, se requerirá una única firma, la correspondiente a su certificado.

2.º Si la declaración es aceptada, la Agencia Estatal de Administración Tributaria le devolverá en pantalla la declaración validada con un código electrónico de 16 caracteres, además de la fecha y hora de presentación.

En el supuesto de que la presentación fuese rechazada, se mostrarán en pantalla la descripción de los errores detectados. En este caso, se deberá proceder a subsanar los mismos con el programa de ayuda con el que se generó el fichero, o repitiendo la presentación si el error fuese originado por otro motivo.

El presentador deberá imprimir y conservar la declaración aceptada, debidamente validada con el correspondiente código electrónico.

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