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Legislación › Real Decreto 1196/2003, de 19 de septiembre, por el que se aprueba la Directriz básica de protección civil para el control y planificación ante el riesgo de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas.

ANEXO I

ANEXO I

Contenido de la información básica

El contenido de la información básica (IBA) a la que hace referencia el artículo 4 de esta directriz será el que se especifica a continuación.

A. Información sobre la zona de influencia.

Tiene por objeto la descripción de las características geográficas, geológicas, ecológicas, meteorológicas, demográficas y de edificaciones, usos y equipamientos de la zona de influencia del establecimiento, necesarias para la elaboración del PEE.

A.1 Información y datos a aportar por el industrial.

A.1.1 Geografía.

a) Localización del emplazamiento, indicando su longitud y latitud redondeadas al segundo arco más próximo y sus coordenadas UTM. Asimismo, se indicará el municipio o cualquier otra división política necesaria, así como la relación del emplazamiento con respecto a cualquier elemento notable, natural u obra humana (como ríos o lagos).

b) Mapa del entorno del emplazamiento en una escala conveniente conteniendo, como mínimo:

1.º Demarcación de los límites de propiedad de la instalación industrial e indicación de su superficie.

2.º Emplazamiento y orientación de las principales estructuras de la instalación industrial, debidamente identificadas.

3.º Indicación del norte geográfico.

4.º Carreteras, líneas de ferrocarril y corrientes de agua que atraviesen la zona.

A.1.2 Topografía.

Se incluirá un plano topográfico a escala 1/10.000 o superior, donde se indiquen las curvas de nivel con una equidistancia adecuada. Por lo menos un punto del mapa estará referenciado en el sistema de coordenadas UTM.

A.2 Información y datos a complementar por la Administración competente.

Se refieren básicamente a la descripción y ubicación de los elementos vulnerables presentes en la zona de influencia.

A.2.1 Demografía.

a) Población residente en la zona de influencia, determinada a partir de los estudios de análisis de consecuencias, considerándose para ello la situación más desfavorable. Se reflejarán sobre mapa, a escala adecuada, las acumulaciones de población, tales como pueblos, ciudades, etc., existentes en círculos concéntricos en torno al establecimiento. Los datos de población incluida en cada una de las zonas se recogerán en forma de tabla.

b) Si en la zona de influencia existen flujos de población itinerante significativos, se harán constar éstos en los mapas y tablas demográficos.

A.2.2 Elementos de valor histórico, cultural o natural.

Ubicación y breve descripción de los elementos de valor histórico, cultural o natural en la zona de influencia.

A.2.3 Red viaria.

Indicación de las vías de comunicación (carreteras, ferrocarriles, canales, puertos, etc.), situados en la zona de influencia, resaltando aquellos que tengan especial importancia en cuanto a su densidad de tráfico.

A.2.4 Geología.

a) Descripción de la naturaleza del terreno en el emplazamiento y su entorno, además de la tipología del suelo, que se reflejarán en mapas geológicos a una escala adecuada.

b) Localización del medio acuífero de la zona, hasta una profundidad adecuada según el riesgo.

c) Estimación del caudal transportado por el acuífero, grado de explotación, así como puntos de bombeo y sus usos.

A.2.5 Hidrología.

a) Características físico-químicas, biológicas e hidrológicas generales de los cauces de agua situados en la zona de influencia.

b) Regímenes típicos de los citados cauces y, en su caso, se indicarán las variaciones estacionales significativas.

A.2.6 Usos del agua y suelos.

Sobre los planos topográficos, a escala conveniente, deberá indicarse en la zona de influencia:

1.º Perímetro del establecimiento.

2.º Clasificación oficial de los tipos de suelo (industrial, urbano, urbanizable...), de acuerdo con los planes de ordenación existentes.

3.º Zonas residenciales, industriales, comerciales, agrícolas, ganaderas, recreativas o cualquier otro tipo de instalaciones públicas.

4.º Ubicación de las edificaciones y estructuras más próximas al establecimiento industrial, incluyendo una breve descripción de aquellas dedicadas a la concentración de público, regular u ocasional, así como de las de mayor vulnerabilidad, tales como colegios, residencias, centrales telefónicas, etc.

5.º Localización y usos de las fuentes de agua.

A.2.7 Ecología.

Breve descripción en la zona de influencia de la flora, fauna, zonas arboladas, unidades de paisaje, etc., con especial énfasis en aquellas especies que debido a su indudable valor biológico puedan ser susceptibles de impacto por accidente industrial.

A.2.8 Meteorología.

a) Información respecto a las frecuencias anuales de la velocidad del viento y su dirección, y de la categoría de estabilidad atmosférica (resaltando las situaciones de inversión térmica). La velocidad del viento quedará definida en 4 clases y la dirección en 8 sectores. En cuanto a la estabilidad, se utilizará la clasificación de Pasquill en siete categorías.

b) Estadística sobre pluviometría del emplazamiento.

c) Estadística sobre otros meteoros de interés.

A.2.9 Red de asistencia sanitaria.

Se incluirá un inventario de los centros asistenciales situados en el ámbito territorial del establecimiento y zona de influencia, con indicación de su capacidad y, en su caso, de sus especialidades.

A.2.10 Red de saneamiento.

Se describirán brevemente las principales características de los siguientes equipamientos, situados en la zona de influencia:

Red de alcantarillado.

Red de suministro de agua.

Sistemas de depuración (si los hubiese).

Vertederos (controlados, incontrolados).

Otros que se consideren necesarios.

A.2.11 Otros servicios públicos.

Descripción general de los principales servicios, en la zona de influencia, que pudieran verse afectados por las consecuencias de un accidente, tales como:

Suministro eléctrico.

Suministro de gas.

Instalaciones telefónicas.

A.2.12 Instalaciones singulares.

Se indicarán las características principales y ubicación de aquellas instalaciones, situadas en la zona de influencia, que posean un carácter estratégico o riesgo potencial considerables, tales como:

Instalaciones de alta tensión.

Centrales nucleares y centrales térmicas.

Gasolineras, etc.

B. Información sobre el polígono industrial.

Esta información será aplicable en aquellos casos en los que el establecimiento en cuestión forme parte de un polígono industrial, conteniendo su descripción, su censo industrial y los pactos de ayuda mutua existentes entre industriales.

Esta documentación será elaborada conjunta y solidariamente por todos los industriales que forman parte del polígono y, por lo tanto, será común para todos ellos.

Para las industrias de nueva instalación, el industrial aportará sólo los datos específicos complementarios que tenga que añadir a los definidos anteriormente.

B.1 Plano de implantación.

Se presentará un plano (o planos) de implantación del polígono, a escala comprendida entre 1/2.000 y 1/5.000. Si se describe el polígono mediante una colección de planos contendrá toda la información solicitada. Cuando se trate de planos parciales, todos tendrán la misma escala (comprendida entre las indicadas). En este caso, se incluirá también un plano de conjunto, a escala inferior, aun cuando no contenga una información tan detallada. En el plano (o planos) de implantación se señalarán expresamente los valores siguientes:

a) Curvas de nivel, a una distancia adecuada.

b) Límites e identificación de los establecimientos que lo integran.

c) Accesos de entrada y salida del polígono:

1.º Carreteras.

2.º Caminos.

3.º Vías férreas.

4.º Zonas portuarias.

d) Barreras naturales y artificiales:

1.º Zanjas y canales (anchura, profundidad).

2.º Vallas y muros (altura, características).

3.º Edificios de control en los accesos.

4.º Otros.

e) Redes de tuberías de interconexión entre establecimientos, indicando:

1.º Fluido transportado.

2.º Caudal, presión y temperatura.

3.º Puntos de posible aislamiento (válvulas, estaciones de bombeo, etc.).

4.º Diámetro.

5.º Situación (aéreas, subterráneas, a cielo abierto) y elevación.

f) Sismicidad de la zona del polígono, de acuerdo con la norma de construcción sismorresistente.

Por lo menos, un punto de cada uno de los planos estará referenciado en el sistema de coordenadas UTM.

B.2 Convenios o pactos de ayuda mutua.

Se incluirá la información relativa a los convenios o pactos de ayuda mutua (PAM) existentes entre empresas, especificando en cada uno de éstos la información siguiente:

1.º Empresas que lo suscriben.

2.º Ámbito.

3.º Medios humanos y materiales.

4.º Estructura y operatividad.

C. Información sobre el establecimiento.

Deberá contener la siguiente información relativa a las instalaciones, personas y procesos involucrados en la actividad industrial que se desarrolla en el establecimiento. Será aportada por el industrial a la Administración competente en la elaboración del PEE.

C.1 Identificación del establecimiento.

Comprenderá la siguiente información:

1.º Razón social y su dirección.

2.º Dirección completa de los establecimientos industriales.

3.º Actividad o actividades, según la clasificación nacional de actividades económicas (CNAE).

4.º Plantilla total y por turnos de trabajo.

C.2 Descripción de las instalaciones y actividades.

Esta información está directamente relacionada con los planos de implantación contenidos en el apartado C.4, por lo que las referencias entre ambos serán concordantes.

La descripción contendrá la siguiente información:

a) Resumen del proceso o procesos de fabricación, con indicación expresa de:

1.º Sustancias que intervienen, incluidas las intermedias.

2.º Operaciones que constituyen el proceso y sus características.

b) Relación de sustancias y/o productos clasificados, indicando para cada uno de ellos:

1.º Proceso o procesos en que interviene la sustancia o producto.

2.º Presión y temperatura, en el proceso y en el almacenamiento.

3.º Transformaciones físicas que puedan generar riesgos.

4.º Transformaciones químicas (reacciones secundarias) que puedan generar riesgos.

5.º Cantidad máxima retenida entre secciones aislables, susceptible de un escape accidental, con indicación de presión y temperatura.

c) Especificaciones mecánicas de los depósitos de almacenamiento de sustancias o productos clasificados, indicando:

1.º Volumen nominal y útil.

2.º Presión y temperatura (nominales y de diseño).

3.º Dimensiones, material y espesores.

4.º Tipo y calidad de calorifugado.

5.º Enumeración y características de las válvulas de seguridad, indicando si descargan a la atmósfera o al colector de la antorcha u otro sistema de eliminación de residuos peligrosos, si lo hubiese.

6.º Enumeración y situación de las válvulas seccionadoras de accionamiento a distancia.

d) Descripción de los cubetos, indicando tipo, capacidad y existencia de vías de evacuación.

e) Sismicidad considerada en el diseño de cada una de las instalaciones.

f) Bandejas de tuberías y conducciones de fluidos, propias de la planta o de interconexión con otras. Se precisará la siguiente información:

1.º Naturaleza del fluido.

2.º Presión y temperatura.

3.º Puntos de posible aislamiento (válvulas, estaciones de bombeo, etc.).

4.º Diámetro de las conducciones.

5.º Situación (aéreas, subterráneas, a cielo abierto) y elevación.

Parte de esta información (interconexiones entre establecimientos) estaría incluida en el apartado B.1, en el caso de polígonos.

g) Presión, temperatura y caudal de los productos clasificados, en los puntos de recepción y expedición.

C.3 Servicios del establecimiento.

Se indicarán las características más importantes de los siguientes servicios, con indicación de cuáles son comunes para varias o todas las instalaciones y los que son específicos para una instalación concreta. Así mismo, se incluirán los sistemas de reserva más importantes.

a) Suministros externos:

1.º Suministro externo de electricidad y otras fuentes de energía.

2.º Suministro externo de agua.

3.º Suministro externo de otras sustancias líquidas o sólidas.

b) Suministros dentro del establecimiento:

1.º Producción interna de energía, suministro y almacenamiento de combustible.

2.º Red interna de distribución eléctrica.

3.º Suministro eléctrico de emergencia.

4.º Agua caliente y otras redes de distribución de líquidos.

5.º Sistemas de comunicación.

6.º Aire para instrumentación.

c) Otros servicios:

1.º Sistemas de tratamiento de residuos.

2.º Red de alcantarillado y sistemas de evacuación de aguas residuales.

3.º Dispositivos de control y recogida de agua contra incendios.

d) Servicios de vigilancia:

1.º Estaciones meteorológicas.

2.º Servicios de supervisión de accesos y detección de intrusiones.

C.4 Planos de implantación.

Se trata de los planos e información siguientes:

a) Plano general de la planta, a escala recomendable 1/2.000 (entre 1/500 y 1/5.000). En él se señalarán claramente referenciados los elementos descritos en el apartado C.2. Este plano contendrá la información siguiente:

1.º Zonas de recepción y expedición de sustancias o productos clasificados, señalando los puntos de carga y descarga.

2.º Unidades de proceso.

3.º Depósitos de almacenamiento, con indicación de su capacidad y contenido.

4.º Líneas de tuberías y conducciones de fluidos, propias del establecimiento o de interconexión con otros.

5.º Servicios generales, acometidas y sistemas de recogida y tratamiento de residuo.

6.º Accesos a la planta.

7.º Barreras naturales y artificiales.

8.º Norte de la planta y norte geográfico.

b) Planos parciales (subdivisiones del anterior), a escala recomendable 1/250 (no inferior a 1/500), necesarios para representar más detalladamente los depósitos de almacenamiento y las unidades de proceso, descritos en el plano anterior. Como información complementaria, se indicará:

1.º Curvas de nivel con una equidistancia máxima de dos metros.

2.º Elevaciones de los distintos elementos.

En cada uno de los planos, por lo menos un punto estará referenciado en el sistema de coordenadas UTM.

D. Información sobre sustancias peligrosas.

Deberá contener la información relativa a las propiedades físico-químicas y toxicológicas de todas las sustancias peligrosas involucradas en la actividad industrial que se desarrolla en el establecimiento.

a) Se presentará una relación de sustancias peligrosas, con indicación de su número CEE y de la categoría a la que pertenecen, entre las siguientes:

1.º Materia prima.

2.º Producto auxiliar.

3.º Producto intermedio.

4.º Producto acabado.

5.º Subproducto y/o residuo.

6.º Producto que se pueda formar como resultado de la pérdida de control sobre los procesos químicos.

b) Como información sobre estas sustancias, se incluirá la relativa a los siguientes aspectos:

1.º Identificación.

2.º Composición.

3.º Identificación de peligros.

4.º Primeros auxilios.

5.º Medidas de lucha contra incendios.

6.º Medidas en caso de vertido accidental.

7.º Manipulación y almacenamiento.

8.º Controles de exposición/protección individual.

9.º Propiedades físicas y químicas.

10.º Estabilidad y reactividad.

11.º Informaciones toxicológicas.

12.º Informaciones ecológicas.

13.º Consideraciones relativas a la eliminación.

14.º Informaciones relativas al transporte.

15.º Informaciones reglamentarias.

16.º Otras informaciones de interés.

Estos contenidos corresponden a los epígrafes de las «fichas de datos de seguridad de sustancias y preparados», según el Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo, el Real Decreto 1078/1993, de 2 de julio, y sus modificaciones posteriores.

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