Legislación › Ley 16/2002, de 19 de diciembre, de Comercio de Castilla y León.
Artículo 57. Tipo de sanciones.
Artículo 57. Tipo de sanciones.
A las infracciones señaladas en esta Ley les corresponderán las siguientes sanciones:
El apercibimiento.
La multa.
El cierre del establecimiento o la suspensión de la actividad comercial por un plazo no superior a un año.


