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Legislación › Ley 16/2002, de 19 de diciembre, de Comercio de Castilla y León.

Artículo 57. Tipo de sanciones.

Artículo 57. Tipo de sanciones.

A las infracciones señaladas en esta Ley les corresponderán las siguientes sanciones:

El apercibimiento.

La multa.

El cierre del establecimiento o la suspensión de la actividad comercial por un plazo no superior a un año.

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